28/6/2025
0 comentarios

Su guía mundial de licencias de navegación: No navegue ilegalmente


Los requisitos para obtener la licencia de embarcación varían considerablemente de un país a otro, e incluso dentro de un mismo país, en función del tipo de agua (interior o costera), el tamaño de la embarcación, la potencia del motor y el uso previsto (recreativo o comercial). Enumeramos los requisitos para obtener el permiso de navegación, país por país.


Tenga en cuenta que se trata de un resumen y no de una lista exhaustiva. Consulte siempre las fuentes oficiales para conocer los requisitos más actuales y específicos.

 

Consideraciones clave:

Certificado Internacional de Competencia (ICC): Es la licencia de navegación internacional más reconocida, especialmente en Europa y el Mediterráneo. Muchos países que han adoptado la Resolución 40 de la CEPE aceptan el ICC como prueba de competencia. Si tiene previsto navegar internacionalmente, especialmente en estas regiones, se recomienda encarecidamente obtener una ICC.
Potencia del motor/Eslora de la embarcación: Muchos países tienen umbrales para la potencia del motor (CV) o la eslora de la embarcación por debajo de los cuales no se requiere licencia para uso recreativo. Por encima de estos umbrales, la licencia suele ser obligatoria.
Aguas interiores frente a aguas costeras: La normativa suele diferir según se trate de aguas interiores (ríos, lagos) o costeras/marinas. Algunos países pueden exigir licencias o anotaciones diferentes para cada una de ellas.
Licencia de radio VHF: Para las embarcaciones equipadas con una radio VHF, a menudo se requiere una licencia separada de operador de radio VHF (como la licencia SRC).
Alquiler o propiedad: Mientras que algunos países pueden no exigir una licencia para operar su propia embarcación pequeña, las compañías de chárter suelen tener requisitos más estrictos, a menudo exigiendo un ICC u otras certificaciones reconocidas.
Charters con patrón: Si no tiene licencia o prefiere no navegar, a menudo puede alquilar un barco con un patrón con licencia.
Normativa local: Compruebe siempre la normativa específica y actualizada del país e incluso de la región concreta (por ejemplo, un lago determinado) donde tenga previsto navegar, ya que las normas pueden cambiar y existen variaciones locales. Las autoridades portuarias y los clubes náuticos locales son buenas fuentes de información.
Traducción: Si su licencia nacional no está en inglés o en el idioma local, suele ser aconsejable contar con una traducción jurada.

Visión general por países (ejemplos):

 

Alemania:
Sin licencia para embarcaciones de motor de hasta 15 CV (interiores) o 5 CV (marítimas).
Sin licencia para veleros de hasta 15 m de eslora.
SBF Inland (Sportbootführerschein Binnen) para embarcaciones de motor >15 CV en aguas interiores.
SBF See (Sportbootführerschein See) para embarcaciones >15 CV en la zona de 3 millas náuticas.
Se reconoce la ICC.

Grecia:
Licencia obligatoria para embarcaciones a motor >30 CV y para veleros.
Se reconocen las licencias de los Estados miembros de la UE.
La ICC es válida. También se reconocen el Certificado Internacional de Aptitud (IPC) y la Licencia y Credencial Internacional de Navegación (SLC).


Italia:
Sin licencia para embarcaciones de motor <40,8 CV y <24 m de eslora, a menos de 6 millas náuticas de la costa.
Generalmente se exige licencia para los veleros a más de 6 millas de un refugio.
Se acepta la ICC.
Suele exigirse licencia de radio.

Croacia:
Se exige licencia para todas las embarcaciones a motor.
La licencia de radio VHF (CRR) es obligatoria además de la licencia de embarcación.
Se reconoce la ICC.

Francia:
No se exige licencia para los veleros (aunque se recomienda tener experiencia).
Licencia costera obligatoria para embarcaciones a motor >6 CV.
Se acepta la ICC.


Países Bajos:
Licencia obligatoria para embarcaciones de más de 15 m de eslora o capaces de alcanzar velocidades superiores a 20 km/h en aguas interiores.
En general, no se exige licencia para aguas costeras.
Se reconoce la ICC.

España:
Sin licencia para embarcaciones a motor <15 CV y <5 m de eslora (o veleros <6 m), a menos de 2 millas náuticas de la costa.
Se reconoce la ICC.

Turquía:
Se requiere un certificado de aptitud (Amatör Denizcilik Belgesi) para la navegación de recreo de todas las embarcaciones a motor y de eslora comprendida entre 2,5 m y 24 m hasta 50 toneladas de peso bruto.
Se reconoce la ICC.

Reino Unido:
Generalmente no se exige licencia para la navegación marítima.
Se exige licencia para todas las embarcaciones en aguas interiores.
La ICC es válida.

Finlandia: No hay licencia obligatoria, pero se recomiendan los conocimientos y la experiencia necesarios.

Noruega: Licencia obligatoria para embarcaciones >8 m o >25 CV. Se reconocen las licencias de la UE y la ICC.

Portugal: Licencia obligatoria en general para todos los veleros y barcos a motor. Se acepta la ICC.

Suiza: Licencia obligatoria para embarcaciones a motor >6kW y veleros >15m² de superficie vélica. Se reconoce la ICC.

Nota importante: La información facilitada es una guía general. Antes de utilizar una embarcación en cualquier país extranjero, es fundamental consultar a las autoridades marítimas oficiales o a las asociaciones náuticas pertinentes del país en cuestión para conocer la normativa más precisa y actualizada.